¿Qué es el fondo de Cesantía Solidario (FCS)?

¿Qué es el Fondo de Cesantía Solidario?

El Fondo de Solidaridad de Desempleo (FCS) garantiza una prestación mínima a los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no disponen de fondos suficientes en su cuenta individual de desempleo cuando pierden su empleo. También se puede solicitar cuando se agotan los fondos del seguro de desempleo del trabajador.

El fondo se financia con la contribución del Estado y el 0,8 % de la contribución del empresario (para los contratos indefinidos) o el 0,2 % de la contribución del empresario (para los contratos de duración determinada o los contratos por obra).

Esto es importante:

  • Una persona puede solicitar el Fondo de Solidaridad para el Desempleo hasta 10 veces en cinco años.
  • Las personas que no tienen derecho al seguro de desempleo pueden solicitar la prestación por desempleo si cumplen los requisitos.

Debido al riesgo sanitario, las sucursales están abiertas de 8:30 a 14:00 de lunes a jueves y de 8:30 a 13:30 los viernes. Si tiene que visitar una sucursal, planifique su visita y reserve su tiempo.

Las direcciones, los horarios de apertura y los horarios de atención al público se encuentran en el sitio web de la AFC.

Requisitos para el trámite

Las personas tienen derecho al Fondo de Solidaridad para el Desempleo:

  • que estén desempleados en el momento de la solicitud.
  • cuyos fondos en la cuenta individual de cesantía no son suficientes para financiar una prestación de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos por la ley.
  • haber abonado 12 cotizaciones al Fondo de Solidaridad de Desempleo (FCS) en los últimos 24 meses antes del despido, que deben haberse pagado antes de la finalización del contrato de trabajo. Las cotizaciones se cuentan desde la fecha de afiliación o desde el último pago del seguro.
  • Las tres últimas cotizaciones deben haberse realizado de forma continuada y con el mismo empleador. 
  • Cuyo contrato de trabajo se haya extinguido por expiración del plazo convenido, por terminación de la obra o servicio que dio origen al contrato, por fuerza mayor, por establecimiento o por servicio.
  • Activa tu cuenta en el Servicio Nacional de Empleo y acepta las ofertas de empleo y formación que te ofrece esta plataforma.

¿Cómo acceder el FCS?

Esto es importante:

  • En el sitio web de la AFC puede comprobar si su solicitud ha sido aprobada e indicar la fecha y el método de pago.

¿De cuánto son los pagos?

Puede recibir los pagos por correo:

  • Cinco meses si tienes un contrato indefinido.
  • Tres meses si tiene un contrato de duración determinada.

Si sigue en el paro, puede recibir dos transferencias adicionales, independientemente del tipo de contrato, si la tasa de paro nacional declarada por el INE es un 1% superior a la tasa de paro media de los últimos cuatro años. Estas transferencias adicionales no se tienen en cuenta a la hora de limitar el acceso al Fondo de Solidaridad.

Esto es importante:

  • Estas cantidades se financian inicialmente con el saldo de la cuenta individual y se complementan con el fondo de solidaridad.
  • Los valores superior e inferior de la tabla se ajustan en un 100% de las fluctuaciones del IPC y del índice de remuneración real (RRI) en el año natural anterior.
  • Estos valores son válidos hasta el 28 de febrero de 2022.
  • Puede encontrar más información aquí.
  • Las fechas y las modalidades de pago se encuentran en el sitio web de la AFC.

¿Cuál es la cobertura de salud?

Los empleados que reciban indemnizaciones por despido conservarán su condición de afiliados y tendrán derecho a las prestaciones sanitarias en todas las modalidades, institucionales y discrecionales. A efectos de esta prestación, el afiliado puede solicitar la reclasificación al respectivo grupo de ingresos al que pertenecerá a efectos de asistencia sanitaria.

Para ello, las AFC deben informar a los beneficiarios del seguro de cesantía afiliados a Fonasa o a una Isapre las condiciones de su afiliación a uno u otro régimen de salud. Esto va en línea con el derecho de los trabajadores despedidos a seguir recibiendo asistencia sanitaria, siempre que estén afiliados a Fonasa mientras reciben las prestaciones.

Este beneficio también está disponible para los afiliados a la Isapre, siempre que soliciten su incorporación a Fonasa y acrediten a sus actuales sucesores legales una vez que se hayan desvinculado de la Isapre.

Asimismo, la AFC debe indicar que Fonasa otorgará sus beneficios de acuerdo a la clasificación que realice, en base al monto monetario del subsidio de cesantía y al número de miembros de la familia registrados al momento del despido, pudiendo el beneficiario solicitar a Fonasa su reclasificación en el grupo de ingreso correspondiente al que pertenecerá para su atención de salud.

¿Cómo es la asignación familiar?

Los trabajadores beneficiarios del Fondo de Solidaridad para el Desempleo que percibían subsidios familiares en el momento del despido tienen derecho a la continuación de esta prestación mientras perciban el subsidio de desempleo, de acuerdo con los ingresos mensuales y los valores correspondientes a los dos grupos de ingresos más bajos, hasta los importes que percibían en el momento del despido.

La AFC debe proporcionar a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) los antecedentes necesarios del asegurado para mejorar la empleabilidad y facilitar la reinserción de estos trabajadores en el mercado laboral.

¿Cuál es el aporte a la pensión?

A partir del 1 de agosto de 2015, los trabajadores que opten por las prestaciones del FSC recibirán un aporte del 10% de la prestación para su ahorro previsional, que será transferido a la respectiva AFP. De este modo, quienes han perdido su empleo pueden seguir cotizando para su futura pensión.

¿Cuándo se suspende el pago?

Los pagos del Fondo de Compensación de Solidaridad (FCS) se suspenden automáticamente si el beneficiario:

  • No está inscrita en el Servicio Nacional de Empleo (NES). 
  • no se presenta repetidamente a una oportunidad de trabajo que le ha sido notificada por el Servicio Nacional de Empleo (NES) sin una razón válida.
  • No se presenta repetidamente y sin motivo a las entrevistas organizadas por la DSE.
  • rechazar una oportunidad de empleo o una formación ofrecida por la EDS sin un motivo justificado.
  • Rechazo de una beca de formación ofrecida y financiada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

Razones justificadas:

  • Tiene una enfermedad o discapacidad que le impide realizar el trabajo ofrecido.
  • Residir en un lugar alejado del lugar donde se realiza la entrevista, donde se va a realizar la actividad en cuestión o donde se realiza la formación ofrecida.
  • El puesto de trabajo que se ofrece no se corresponde con las aptitudes y capacidades del empleo anterior o afectaría gravemente a su situación laboral o a su formación profesional, universitaria o técnica.
  • El puesto de trabajo ofertado no le permite recibir un salario igual o superior al 50% de su último salario en su anterior trabajo.

¿Quiénes no tienen derecho al fondo?

El Fondo de Solidaridad para el Desempleo no incluye:

  • Empleados del sector público.
  • Las fuerzas armadas y los agentes de la ley.
  • Autónomos o freelancers.
  • Menores de 18 años.
  • Pensionistas (excepto los pensionistas con reducción parcial de la capacidad de ganancia).
  • Empleados con contrato de aprendizaje (prácticas).

¿Qué cambios ha habido?

Desde abril de 2015 se modifico a la ley del seguro de desempleo:

  • Los recursos del Fondo de Solidaridad para los Desempleados pueden utilizarse hasta diez veces en cinco años.
  • Reducir las lagunas previsionales cotizando desde el Fondo de Solidaridad de los Desempleados a la Cuenta de Capitalización Individual de las AFP.
  • Incentivo para buscar un nuevo empleo. El beneficiario del Fondo de Solidaridad para los Desempleados no tiene derecho a las prestaciones si no está buscando trabajo.
  • Relajación de la restricción para la obtención de beneficios de las FSC.

¿Qué leyes regulan el trámite?

¿En dónde encuentro más información?

Si necesita más información:

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